Con el Decreto 039 del 14 de enero de 2021, el Ministerio del Interior establece las instrucciones que regirán en el país desde el 16 de enero hasta el 1 de marzo de 2021, en el marco de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del Coronavirus COVID-19.
Las medidas están diseñadas según el grado de afectación y ocupación de UCI en cada municipio del país, por ello, las alcaldías municipales podrán restringir las actividades, áreas, zonas y hogares que consideren pertinentes para la realización de un aislamiento selectivo. Todo con la previa autorización del Ministerio del Interior y previo concepto del Ministerio de Salud y Protección Social.
Entre las actividades que aún no son permitidas en ningún municipio del territorio nacional, se encuentran:
- Eventos de carácter público o privado que impliquen aglomeración de personas, de conformidad con las disposiciones y protocolos que expida el Ministerio de Salud y Protección Social.
- Discotecas y lugares de baile
- El consumo de bebidas embriagantes en espacios públicos y establecimientos de comercio. No queda prohibido el expendio de bebidas embriagantes.
Para mayor información, consulte el Decreto 039 de 2021